El colectivo

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Hay problemas y debates de origen interno y externo, aunque algunas veces se interponen

El mayor “enemigo” nuestro podemos llegar a ser nosotros mismos.

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El hábitat

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La escalada irrumpió en el medio natural antes de que se decidiera legislar su uso y acceso: se le deben reconocer, por tanto, ciertos “derechos adquiridos”

La protección es la bandera de cualquier legislación

Ciertas masificaciones y actuaciones individualistas pueden alimentar elementos negativos hacia nuestro colectivo

Como predica un “sabio de la piedra”, Háganse a la idea: la época “dorada” de la escalada con el “no restricciones, no limitaciones, todo vale”, se (ha) desvanece (ido)

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Los Acuerdos

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No hay efectividad sin alineación del colectivo.

Cualquier alineación previamente implica haber trasladado la voz máxima consensuada del colectivo.

Ha de haber negociación de “tu a tu”, “deberes por derechos”. Si queremos seguir disfrutando de “derechos”, habremos de aceptar “deberes”.

Hay que exigir la aplicació de la lógica, coparticipación ante cualquier estudio con contraste y justificación, posible reversibilidad de un acuerdo ante los cambios que implican restricciones, seguimientos e informes periódicos que analicen la evolución, la no discriminación ante otras actividades “agresoras”

A cambio deberemos de ser condescendientes con los resultados suscritos, respetando hábitats y propiedad viéndonos implicados todo el colectivo en general.

Revisión de regulaciones activas si no se han suscrito bajo las premisas anteriores

La administración debe participar, no imponer, sea para habitats públicos y/o privados.

Habría que alcanzar un “acuerdo marco” base previo sobre el cual ir analizando cada una de las particularidades de cada caso.

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Protección impuesta

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La base del nivel de protección son el número de muestras de hàbitats y/o especies de interés comunitario (UE)

Que exista un hábitat y/o especie de interés no tiene porque ser protegido/a salvo que haya un número existente de muestras considerado "no suficiente". Eso si, teniendo en cuenta la suma total dentro del territorio español. Así rezan los cánones.

La manera en que se saltan “las reglas” las propias administraciones delante de la UE ante actuaciones territoriales son justificando que “perjudican a la integridad del espacio”, “hay inexistencia de soluciones alternativas” o “hay razones imperiosas de interés público”. Habrá que seguir su ejemplo con el “feta la llei, feta la trampa”?

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Experiencias del mundo mundial

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Hay estudios y formas de abordar dicha problemática en otros paises que llevan tiempo activas y aceptadas por las administraciones competentes (desde mediados de los 90).

Deberían de analizarse y aplicarse en las negociaciones, y llegados el caso, conseguir colaboración de dichas asociaciones originarias de los estudios.

Hay experiencias de confeccionar “calendarios anuales”, conjuntamente entre las administraciones y la organización representativa de turno. Las zonas restringidas un año pueden ser totalmente diferentes al siguiente o pasado. Curiosamente se promueve este modelo desde la administración! Como dicen, “la flexibilidad y supervisión periódica” les da credibilidad ante el colectivo escalador” (si! habeis oído bien!)

Confección y envío de boletines periódicos (cada 2 meses) informando de la situación continua de cada zona afectada. A parte, mapas “sensibles” via web de cada zona y su situación.

En el 2000 se “publicó” una bibliografía amplia sobre informes habidos hasta la fecha (con resumenes y compendios) sobre estudios de impacto de la escalada en el medio natural: unas 160 entradas de nada!. A partir de dicha fecha hay boletines periódicas con actualizaciones. Algo debería de servir.

En algún país publican a bombo y platillo las prácticas abusivas realizadas por las administraciones o colectivos anti-escalada: despotismo en el Siglo XXI

Donde no hay suficiente presión como colectivo escalador se juntan con colectivos del mundo rural, agricultores, cazadores, agentes económicos afectados, …